PÁGINA DE INFORMACIÓN
Política de buena vecindad
Para una empresa con un permiso de entretenimiento, aprenda a ser un buen vecino para los residentes y las empresas cercanas.
1. Al organizar un evento de entretenimiento, el titular del permiso siempre deberá contar con un miembro del personal en el lugar que pueda proporcionar prueba del permiso, esté capacitado en todos los aspectos del funcionamiento del lugar y conozca todas las condiciones del permiso.
2. El titular del permiso es responsable de la seguridad de los clientes del establecimiento y del vecindario circundante. Se deberá seguir el plan de seguridad aprobado por la Comisión y el titular del permiso deberá asegurar la acera en un radio de 100 pies en todas las direcciones alrededor de las instalaciones del negocio para evitar lesiones a personas y/o daños a la propiedad. (Ver nota al pie 1) Se deberá colocar personal de seguridad en todas las entradas y salidas durante el período de las 10:00 p. m. hasta la hora después del cierre en que todos los clientes hayan abandonado el lugar.
3. El titular del permiso deberá colocar carteles fácilmente visibles afuera de cada entrada y salida instruyendo a los usuarios a:
a) Respetar el vecindario manteniendo la voz baja,
b) Siga las normas sobre fumar de la ciudad y el condado de SF (consulte la nota al pie 2), y
c) Obedecer las normas anti-merodeo de la ciudad y el condado de San Francisco (ver nota al pie 3).
Todas las señales y aceras deberán estar bien iluminadas. Las aceras deberán mantenerse despejadas para los peatones. No se permitirá el estacionamiento en doble fila de vehículos.
4. El titular del permiso deberá proporcionar un número de teléfono a todos los vecinos interesados para que puedan comunicarse de inmediato con un miembro del personal en el lugar que tenga autoridad directa sobre las instalaciones, conocimiento de todas las condiciones del permiso y deberá responder de manera oportuna para abordar las inquietudes.
- Definición de “plan de seguridad” del artículo 15.1 del Código de Policía Municipal de SF
- Código de Salud de San Francisco, artículo 19F, sección 1009.22(i)(1)
- Código de Policía Municipal de SF Artículo 2 Sección 121(b)
- https://www.abc.ca.gov/education/lead-training
- Código de Policía Municipal de SF, Artículo 29, Sección 2909(b)
5. El titular del permiso deberá mantener y estar preparado para verificar los registros en las instalaciones de la certificación LEAD actual. para todas las personas que trabajan en las instalaciones. (Véase la nota 4)
6. El titular del permiso deberá mantener todas las entradas y salidas del edificio y todas las aceras dentro de los 100 pies de las instalaciones en condiciones limpias y sanitarias. En algún momento entre 30 minutos después del cierre y las 8:00 a. m., el titular del permiso deberá caminar por el área dentro de los 100 pies de la propiedad y desechar cualquier basura que puedan haber dejado los clientes.
7. El titular del permiso deberá tomar medidas para reducir la cantidad de ruido que se escapa del lugar. Todas las puertas y ventanas deben mantenerse cerradas mientras se realice el entretenimiento, a menos que el permiso establezca lo contrario. El titular del permiso deberá conocer y cumplir las ordenanzas sobre sonido impuestas por la Comisión de Entretenimiento, incluidas, entre otras, las siguientes:
a) Regulación del Ruido - Límites de Ruido
1) Propiedad comercial e industrial (Ver nota 5)
2) Propiedad pública (véase nota al pie 6)
b) Reglamento sobre sonido amplificado en exteriores (véase nota 7)
c) Ruido innecesario (ver nota 8)
8. Dentro de las 24 horas posteriores a cualquier incidente violento, o en cualquier momento en que el SFPD responda a una llamada de servicio en las instalaciones, el titular del permiso deberá completar y enviar un informe del incidente. a (1) el oficial de permisos de la estación de distrito del SFPD y (2) la Comisión de entretenimiento. (Ver nota al pie 9)
Notas al pie
1. Definición de “plan de seguridad” del artículo 15.1 del Código de Policía Municipal de SF
2. Código de Salud de SF, Artículo 19F, SEC. 1009.22(i)(1)
3. Código de Policía Municipal de SF Artículo 2 Sección 121(b)
4. https://www.abc.ca.gov/education/lead-training
5. Código de Policía Municipal de SF Artículo 29 Sección 2909(b)
6. Código de Policía Municipal de SF Artículo 29 Sección 2909(c)
7. Código de Policía Municipal de SF Artículo 15.1 Sección 1060.16(b)(3)
8. Código de Policía Municipal de SF Artículo 1 Sección 49(b)
9. https://sf.gov/sites/default/files/2022-06/Incident%20Report_Fillable.pdf