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Ordenanza sobre licencias por emergencia de salud pública

La licencia está disponible únicamente durante una emergencia de salud pública, según lo define la ley.

¡Noticias! La declaración de emergencia de salud pública por COVID-19 de la ciudad finalizó el 28 de febrero de 2023, en consonancia con el fin del estado de emergencia por COVID-19 de California. (fuente: DPH y S.F. Código de Trabajo y Empleo 13.4 ). Por lo tanto, el Covid-19 ya no es un motivo justificado para el uso de horas PHEL.

Descripción general

Los votantes de San Francisco aprobaron la Proposición G, una nueva Ordenanza de Licencia por Emergencia de Salud Pública (PHELO) que entrará en vigor a partir del 1 de octubre de 2022. 

La licencia está disponible únicamente durante una emergencia de salud pública, según lo define la ley. A partir del 1 de octubre de 2022, las empresas con 100 o más empleados en todo el mundo deben proporcionar hasta 80 horas de licencia paga por emergencia de salud pública a cada empleado que realice trabajos en San Francisco. La licencia paga se suma a cualquier tiempo libre remunerado, incluida la licencia por enfermedad remunerada según la Ordenanza de licencia por enfermedad remunerada de San Francisco. 

Los empleados podrán utilizar esta licencia cuando no puedan trabajar (o teletrabajar) debido a lo siguiente:

(1) Las recomendaciones o requisitos de una orden de salud individual o general federal, estatal o local (incluida una orden emitida por la jurisdicción local en la que reside un empleado o un miembro de la familia que el empleado está cuidando) relacionada con la emergencia de salud pública.

(2) Un proveedor de atención médica le ha recomendado al empleado o a un miembro de la familia que el empleado esté cuidando que se aísle o se ponga en cuarentena.

(3) El Empleado, o un miembro de la familia que el Empleado está cuidando, está experimentando síntomas y está buscando un diagnóstico médico, o ha recibido un diagnóstico médico positivo, para una posible enfermedad infecciosa, contagiosa o transmisible asociada con la Emergencia de Salud Pública.

(4) El Empleado está cuidando a un Miembro de la Familia si la escuela o el lugar de cuidado del Miembro de la Familia ha sido cerrado, o el proveedor de cuidado de dicho Miembro de la Familia no está disponible, debido a la Emergencia de Salud Pública.

(5) Una emergencia de calidad del aire, si el empleado es miembro de una población vulnerable y trabaja principalmente al aire libre.

Póster

  •  Afiche de PHELO : Los empleadores cubiertos deben publicarlo en un lugar donde los empleados puedan leerlo fácilmente.
    Impresión de 2 páginas, 8" x 11", papel de doble cara

Autoridad legal

Recursos

Recursos de video

Contáctenos

Si tiene preguntas sobre la Ordenanza de Licencia por Emergencia de Salud Pública de San Francisco o desea denunciar una violación de la ley, llame al 415-554-6271 o envíe un correo electrónico a psl@sfgov.org .