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Casos en los que tu permiso es gratuito o no lo necesitas
Permisos de alimentación: Es posible que esté exento si pertenece a determinadas organizaciones o si opera en terrenos estatales o federales.
No se necesita permiso
Comida donada por un restaurante autorizado para un evento sin fines de lucro (si se aprueba)
Si es una organización benéfica sin fines de lucro que organiza un evento comunitario aprobado y recibe sus alimentos donados de un restaurante o mercado autorizado, es posible que no necesite un permiso aparte.
Este caso especial se conoce como “La Ley Craven”. La institución que dona alimentos es responsable de manejar cualquier problema o queja.
Las personas o lugares que no cuenten con cocina comercial y permiso no pueden donar alimentos.
Complete los formularios de exención para saber si califica.
Instalaciones de alimentación en propiedad federal
El Departamento de Salud de San Francisco no emite permisos en propiedades federales.
La ley federal rige estas propiedades y los Servicios de Salud Pública de EE. UU. permiten y realizan sus propias inspecciones.
Si tiene alguna pregunta o problema con estas instalaciones de alimentos, comuníquese con la agencia federal correspondiente.
Instalaciones de alimentación en propiedad estatal
El Departamento de Salud de San Francisco no emite permisos para instalaciones propiedad del estado y operadas por empleados estatales.
Los operadores privados que alquilan espacios en propiedades estatales todavía necesitan un permiso.
Operaciones alimentarias no definidas como instalaciones alimentarias
No se emitirá un permiso si la instalación de alimentos no está definida como una instalación de alimentos en la Sección 113789(c) del Código de Alimentos Minoristas de California .
El Departamento de Salud puede solicitar información a su empresa para tomar una decisión.
Comida incidental de cortesía
Si su negocio principal no consiste en servir comida, puede regalar bocadillos y bebidas simples y seguros a los clientes que esperan sin necesidad de un permiso especial.
Por ejemplo, bancos, salones de belleza o talleres de reparación de automóviles que ofrecen café y pasteles gratis. Pero los bocadillos deben proceder de una fuente confiable.
Utilice únicamente utensilios desechables o ecológicos. Solo puede tener una cafetera o una tetera.
Si no está seguro de repartir alimentos en su negocio, llámenos al 415-252-3800.
Vivienda de transición (a medio camino)
No se necesita un permiso para una instalación que no está autorizada ni controlada por el estado y permite que las personas utilicen una cocina compartida para preparar su propia comida.
Máquinas expendedoras
No necesita un permiso para las máquinas expendedoras si:
- Solo vende alimentos seguros como agua embotellada, refrescos, frutas o snacks envasados como caramelos y galletas.
- No hay alimentos que deban mantenerse fríos (por debajo de los 41 grados Fahrenheit) y que puedan volverse inseguros.
Permisos sin costo
Programas de alimentación benéfica
El Director de Salud Ambiental podrá otorgar un permiso sin costo caso por caso si:
- La operación es propiedad y está operada por una organización sin fines de lucro certificada, y
- Se proporcionan alimentos de forma gratuita a las personas que enfrentan vulnerabilidades en San Francisco, como personas de bajos ingresos, personas sin hogar, discapacitadas o adultos mayores en San Francisco.
La operación aún tiene que cumplir con requisitos sanitarios mínimos para proporcionar alimentos seguros. La frecuencia con la que se realizan las inspecciones sanitarias depende del tipo de alimentos que sirven y de lo riesgosos que sean. Para obtener el estatus de libre pago, la mayoría de los alimentos deben donarse como alimentos de beneficencia.
Los ejemplos incluyen bancos de alimentos y lugares que preparan y distribuyen comidas.
Operadores ciegos y discapacitados
Se puede otorgar un permiso sin costo a los operadores ciegos o discapacitados de instalaciones de alimentos que estén patrocinados por el Programa de Empresas Comerciales del Departamento de Rehabilitación de California.
Operadores veteranos
Se podrá otorgar un permiso sin costo a los operadores de instalaciones de alimentos que sean veteranos.
Los operadores deben presentar prueba de su condición de veterano y escribir una carta al Director de Salud Ambiental solicitando la exención del pago de licencias.
Los veteranos solo están exentos según la Sección 16102 del Código de Negocios y Profesiones de California .
Y esto no se aplica a restaurantes o establecimientos donde se elaboran productos alimenticios o establecimientos donde se vende alcohol.
Instalaciones de preparación y servicio de alimentos utilizadas únicamente para el cuidado de niños durante el día.
Se puede otorgar un permiso sin costo si el centro no está autorizado por los Servicios Sociales de California.
Es posible que el centro no necesite un permiso si está autorizado por el estado, según el Código de Alimentos Minoristas de California 113789.
Instalaciones de preparación y servicio de alimentos utilizadas para proyectos de nutrición para adultos mayores
Se pueden otorgar permisos sin costo a establecimientos financiados a través de la Comisión sobre el Envejecimiento de San Francisco para proyectos de nutrición para adultos mayores. Esto se hace de conformidad con el Código Comercial de San Francisco.