PÁGINA DE INFORMACIÓN
Redirigido y archivado: Descubra si las leyes de alquiler de San Francisco se aplican a usted
La Ordenanza de Alquileres de San Francisco ofrece protección contra el desalojo y el control de alquileres para la mayoría de los inquilinos. Infórmese sobre la ley y lo que significa para usted como inquilino o propietario.
¿Quién está cubierto?
Protección completa
Según la ley, los inquilinos de la mayoría de las unidades residenciales en San Francisco tienen protección contra el desalojo y protección contra el control de alquileres .
Esto significa que el propietario:
- Sólo se podrá desalojar al inquilino si el propietario tiene “causa justa”
- Sólo puede aumentar el alquiler del inquilino en un cierto porcentaje cada año.
Protección parcial
Los inquilinos de las siguientes unidades tienen protecciones contra desalojos, pero no tienen protecciones contra el control de alquileres:
- Unidades construidas después del 13 de junio de 1979
- La mayoría de las viviendas unifamiliares y condominios si el alquiler comenzó a partir del 1 de enero de 1996
- Unidades que han sido sometidas a rehabilitación sustancial
- Algunas unidades cuyos alquileres están controlados o regulados por otra unidad o agencia gubernamental
Para saber cuándo se construyó su edificio, busque su dirección en el . Mapa de información de la propiedad
Sin protección
Los inquilinos de las siguientes unidades no están cubiertos por las protecciones locales contra desalojos o control de alquileres:
- Unidades comerciales
- Residencias de estudiantes, monasterios, hoteles turísticos, pensiones y centros de atención prolongada.
- Algunas unidades cuyos alquileres están controlados o regulados por otra unidad o agencia gubernamental
- Unidades en terrenos federales (Treasure Island, Presidio Trust)
- Unidades en cooperativas sin fines de lucro o unidades propiedad de una corporación de beneficio público sin fines de lucro
- Un número limitado de unidades adicionales descritas aquí .
Protecciones contra desalojos
Si un inquilino tiene protecciones contra el desalojo , el propietario solo puede desalojar al inquilino si tiene una razón de "causa justa".
Un propietario puede tener causa justa si:
- El inquilino no paga el alquiler o a menudo se retrasa en el pago
- El inquilino incumple los términos de su contrato de alquiler o utiliza la unidad de alquiler para un propósito ilegal.
- El inquilino interfiere con la comodidad, seguridad o disfrute del edificio por parte de otros.
- El propietario planea mudarse a la unidad o mudar a un miembro de la familia inmediata.
- El propietario planea convertir la unidad en un condominio y venderlo.
- El propietario planea realizar trabajos para mejorar la unidad que harán que la misma no sea habitable durante la construcción (se debe permitir al inquilino volver a ocupar la unidad inmediatamente después de que se complete el trabajo)
- El propietario planea retirar todas las unidades de alquiler de un edificio del mercado de alquiler según la Ley Ellis del estado
Obtenga más información sobre los desalojos .
Control de alquileres
Si un inquilino tiene protección de control de alquiler, el propietario solo puede aumentar el alquiler del inquilino en un cierto porcentaje cada año .
En algunos casos, el propietario puede necesitar aumentar el alquiler por una cantidad mayor a la permitida. Debe presentar una petición de propietario antes de notificar a los inquilinos. En otros casos, el inquilino puede querer disputar un aumento del alquiler o solicitar una reducción del alquiler mediante la presentación de una petición de inquilino .
Revisaremos cualquiera de las peticiones y resolveremos el asunto mediante una audiencia o mediación .
Ley de Protección de Inquilinos de California
Incluso si una unidad no está cubierta por las leyes de control de alquileres o desalojo de San Francisco, la Ley de Protección de Inquilinos de California (una ley estatal de California) puede brindarles cierta protección. Tenga en cuenta que la Junta de Alquileres no puede hacer cumplir la ley estatal y no lleva a cabo audiencias sobre disputas relacionadas con la Ley de Protección de Inquilinos de California.
Etiquetas: Tema 017